º. Créase una comisión formada por dos funcionarios dependientes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Contraloría General de la República, respectivamente, que se denominará Comisión liquidadora de deudas de aduana. La Comisión de que se trata en este artículo dispondrá del personal subalterno que acuerden conjuntamente el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contraloría.
Decreto 2049 de 1936 →In force
Article 1
Créase Una Comisión Formada Por Dos Funcionarios Dependientes Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y De La Contraloría General De La República, Respectivamente, Que Se Denominará Comisión Liquidadora De Deudas De Aduana
Decreto 2049 de 1936 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 101 de 1936, sobre liquidación de algunas deudas por derechos arancelarios
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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