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Article 8

Funciones De La Subgerencia De Ordenamiento Social De La Propiedad

Decreto 1690 de 1997 · por el cual se fusionan y suprimen unas dependencias del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA.

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º. Funciones de la Subgerencia de Ordenamiento Social de la Propiedad . Son funciones de la Subgerencia de Ordenamiento Social de la Propiedad

1.

Asistir a la Gerencia General en la determinación de políticas, planes y programas y en la ejecución de las actividades que deban realizar las Gerencias Regionales, en el ámbito de los programas a su cargo.

2.

Formular, en coordinación con la Oficina de Planeación e Informática el plan estratégico de ordenamiento social de la propiedad y orientar su ejecución.

3.

Responder por la ejecución de los procesos de investigación-acción en materia de ordenamiento social de la propiedad.

4.

Asesorar, orientar y supervisar las actividades relacionadas con los procedimientos agrarios de extinción del derecho de dominio; clarificación de la propiedad y deslinde de las tierras de la Nación, de los resguardos indígenas y las de las comunidades negras; la administración, disposición, reserva, adjudicación y recuperación de los terrenos baldíos.

5.

Asesorar y coordinar con las Gerencias Regionales la ejecución de los programas de constitución, ampliación, reestructuración y saneamiento de los resguardos indígenas, de conformidad con las programaciones que se hubieren concertado con los pueblos y organizaciones indígenas, según las normas vigentes.

6.

Coordinar, asesorar y controlar a las Gerencias Regionales en la ejecución de los programas de titulación colectiva de tierras baldías a las comunidades negras, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes.

7.

Elaborar, en coordinación con la Subgerencia de Desarrollo y Gestión Empresarial Rural, las normas y directrices que regulen la ocupación, aprovechamiento y adjudicación de tierras en las zonas de reserva campesina y direccionar los estudios de zonificación correspondientes.

8.

Diseñar políticas. normas y procedimientos para la constitución de zonas de desarrollo empresarial .

9.

Llevar la información sobre el estado de los expedientes relacionados con los procedimientos agrarios y tramitar las notificaciones, recursos y publicaciones de las providencias proferidas por la Junta Directiva, la Gerencia General y demás dependencias del Instituto.

10.

Planificar, verificar y supervisar las actividades relacionadas con la titulación y el registro de la propiedad rural.

11.

Velar por la modernización de los procedimientos e instrumentos que permitan la titulación y el registro de los bienes rurales.

12.

Administrar los sistemas de información geográfica y catastral, así como los demás que se requieran para el adecuado ordenamiento social de la propiedad.

13.

Promover los programas a su cargo, buscando potencializar los recursos mediante alianzas entre el Estado, la comunidad y el sector privado.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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