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Article 2.16.5.2.2.1

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Pesca comercial industrial. La pesca comercial industrial en aguas jurisdiccionales solo podrá llevarse a cabo con embarcaciones de bandera colombiana, o de bandera extranjera cuando hayan sido contratadas por empresas pesqueras colombianas que descarguen su producción en puerto colombiano en los porcentajes que señale la AUNAP.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.16.5.2.2.1. Pesca comercial industrial. La pesca comercial industrial en aguas jurisdiccionales solo podrá llevarse a cabo con embarcaciones de bandera colombiana, o de bandera extranjera cuando hayan sido contratadas por empresas pesqueras colombianas que destinen parte de su producción al abastecimiento interno del país, en el porcentaje que señale la Aunap. El producto de la pesca deberá descargarse en puertos colombianos.

(Decreto número 2256 de 1991, artículo 67)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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