Autorización de los prestadores del Servicio Público de Empleo. La Subdirección de Promoción y Generación Empleo, previa acreditación de los requisitos establecidos en el presente decreto, otorgará autorización a las personas jurídicas de derecho público o privado para la prestación del Servicio Público de Empleo. Cuando el Servicio Público de Empleo sea prestado utilizando exclusivamente medios electrónicos, la autorización se entenderá otorgada para todo el territorio nacional. Si se negare la autorización, se informará al peticionario el motivo de la decisión para que proceda a adicionarla, completarla o a efectuar las correcciones a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Decreto 722 de 2013 →In force
Article 15
Autorización De Los Prestadores Del Servicio Público De Empleo
Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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