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Article 15

Autorización De Los Prestadores Del Servicio Público De Empleo

Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorización de los prestadores del Servicio Público de Empleo. La Subdirección de Promoción y Generación Empleo, previa acreditación de los requisitos establecidos en el presente decreto, otorgará autorización a las personas jurídicas de derecho público o privado para la prestación del Servicio Público de Empleo. Cuando el Servicio Público de Empleo sea prestado utilizando exclusivamente medios electrónicos, la autorización se entenderá otorgada para todo el territorio nacional. Si se negare la autorización, se informará al peticionario el motivo de la decisión para que proceda a adicionarla, completarla o a efectuar las correcciones a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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