º . Falta absoluta . En caso de falta absoluta del Procurador General de la Nación, se procederá a nueva elección, siguiendo el procedimiento señalado en este decreto, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se produzca la falta. El período de quien lo reemplace será de cuatro (4) años, que se empezará a contar a partir de la fecha en que tome posesión del cargo. Mientras se realiza la elección, el Viceprocurador ejercerá como Procurador General de la Nación.
Decreto 1156 de 1999 →Struck down
Article 7
Decreto 1156 de 1999 · por el cual se modifican la estructura, el régimen de competencias interno y el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.