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Article 5

Guerrera

Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Guerrera. De paño azul oscuro, los faldones abiertos atrás, y carteras simuladas de diez y ocho centímetros, con tres botones cada una; va cerrada al frente por una hilera de siete botones del mismo tamaño. El cuello es recto, cerrado al frente, de paño del color del distintivo del arma o servicio (con vivos rojos pava la Artillería); lleva a cada lado, en el frente, el escudo nacional, de metal dorado, a medio centímetro del cierre. La botamanga es recta, de paño del color del distintivo del arma o servicio, con dos bolones grandes en oí centro; en cada hombro lleva aditamentos para afianzar las presillas. Los Generales llevan a cada lado del cuello, en la parte delantera, una palma de laurel de hilo dorado mate, de siete centímetros de largo; y alrededor do la botamanga, un galón dorado mate dentado, de uno y medio centímetros de ancho. La guerrera para la Aviación y la Sanidad se usa abierta en el frente, según el corte descrito más adelante para la blusa verde oliva. Sin bolsillos. El cuello y las botamangas son de paño del color del distintivo del arma.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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