JurídicoESEN

Article 1548

Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 $ 1

Decreto 916 de 1954 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos y alimentación de profesores y empleados; becas, restaurante y gastos varios; y dotación de las Escuelas Normales Rurales nacionales en el año de 1954, conforme a las partidas señaladas en el Presupuesto Nacional vigente

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo décimocuarto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de las Escuelas Normal Rural para Varones "José Eusebio Caro" de Popayán (Cauca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1548. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 1.770.00 1.770.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 500.00 5.500.00 Director de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretario-Habilitado 280.00 3.080.00 1 Profesor interno de la Normal. 1ª categoría 450.00 4.950.00 1 Profesor interno de la Normal 350.00 3.850.00 2 Profesores internos de la Anexa a $ 250.00 cada uno 500.00 5.500.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Ecónomo 100.00 1.100.00 Portero-Hortelano 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará el Director 100.00 1.100.00 Suma $ 2.840.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 8 empleados internos a $ 45.00 cada uno 360.00 3.600.00 Del servicio doméstico 200.00 2.000.00 De 2 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 90.00 180.00 Sumas $ 3.490.00 38.790.00 b). Capítulo 93, artículo 1549. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 25 alumnos becados a $ 45.00 cada uno 1.125.00 11.250.00 Restaurante escolar 300.00 3.000.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Mensual. Total. Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos $ 500.00 6.000.00 Sumas $ 1.925.00 20.250.00 c). Capítulo 93, artículo 1550. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 680.00 6.800.00 Suma $ 6.800.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior, serán giradas al Secretario-Habilitado de la Escuela.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 916 de 1954