°. El Presidente de la República podrá ordenar, de oficio, a solicitud del Jefe de la respectiva entidad, o porque la inspección administrativa practicada así lo aconseje, visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las funciones técnicas en los distintos organismos de la Administración nacional y en aquellos del orden departamental o municipal que ejerzan funciones delegadas o que reciban auxilios del Tesoro Nacional.
Article 3
El Presidente De La República Podrá Ordenar, De Oficio, A Solicitud Del Jefe De La Respectiva Entidad, O Porque La Inspección Administrativa Practicada Así Lo Aconseje, Visitas De Inspección Para Verificar El Cumplimiento De Las Funciones Técnicas En Los Distintos Organismos De La Administración Nacional Y En Aquellos Del Orden Departamental O Municipal Que Ejerzan Funciones Delegadas O Que Reciban Auxilios Del Tesoro Nacional
Decreto 2814 de 1968 · por el cual se reorganiza la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.