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Article 3

El Presidente De La República Podrá Ordenar, De Oficio, A Solicitud Del Jefe De La Respectiva Entidad, O Porque La Inspección Administrativa Practicada Así Lo Aconseje, Visitas De Inspección Para Verificar El Cumplimiento De Las Funciones Técnicas En Los Distintos Organismos De La Administración Nacional Y En Aquellos Del Orden Departamental O Municipal Que Ejerzan Funciones Delegadas O Que Reciban Auxilios Del Tesoro Nacional

Decreto 2814 de 1968 · por el cual se reorganiza la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública.

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01

Text of the article

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°. El Presidente de la República podrá ordenar, de oficio, a solicitud del Jefe de la respectiva entidad, o porque la inspección administrativa practicada así lo aconseje, visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las funciones técnicas en los distintos organismos de la Administración nacional y en aquellos del orden departamental o municipal que ejerzan funciones delegadas o que reciban auxilios del Tesoro Nacional.

02

Constitutional history

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