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Article 2

Ley 94 de 1923 · por la cual se reconoce un sueldo y se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la actual vigencia

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Artículo 2º Abrense al Presupuesto de gastos de la vigencia económica 1923, los siguientes créditos adicionales:

MINISTERIO DE CONGRESO

Congreso Nacional.

Cámara del Senado.

Artículo 1º Para cubrir las dietas de los Senadores y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en diez días de sesiones extraordinarias de 1923, así:

Cámara de Representantes.

Artículo 2º Para cubrir las dietas de los Representantes y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en diez días de sesiones extraordinarias de 1923, así:

Intendencias y Comisarías Especiales.

Artículo 270. Para atender a los gastos de personal y material de las Intendencias y Comisarías Especiales, en el año, así:

MINISTERIA DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE HACIENDA

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 661 bis. Para pagar la deuda que hay pendiente por personal, jornales, herramientas, etc., provenientes de los trabajos ejecutados en la vía del Sur (Bogotá hacia Puerto Asís, por Fusagasugá, Neiva, Las Papas y Mocoa), durante los meses de noviembre y diciembre de 1920 y enero de 1921, así:

MINISTERIO DEL TESORO

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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