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Article 55

La Subdirección De Control De Factores De Riesgo Del Ambiente Tiene Las Siguientes Funciones: A) Formular La Elaboración De Planes, Programas Y Proyectos Dirigidos A La Prevención Y Control De Factores De Riesgo Del Ambiente En El Contexto Del Sistema De Salud, Según Las Prioridades Establecidas; B) Proponer Las Políticas Nacionales En Materia De Prevención Y Control De Factores De Riesgo Ambiental, En Concordancia Con El Plan Nacional De Salud Y Con Los Planes Y Programas De Desarrollo Económico Y Social Del País; C) Orientar El Diseño Y Velar Por Mantener Actualizadas Las Normas Sobre Prevención Y Control De Los Factores De Riesgo Del Ambiente; D) Coordinar La Supervisión, Control Y Evaluación De Planes, Programas Y Proyectos A Que Hace Mención La Letra A); E) Coordinar La Vigilancia Del Cumplimiento De Normas Referidas En La Letra C); F) Coordinar La Asistencia Técnica Hacia Los Demás Niveles Del Sistema De Salud Sobre Prevención Y Control De Factores De Riesgo En El Ambiente; G) Coordinar Actividades Con Organismos Del Sector Y De Otros Sectores Que Desarrollen Programas Ambientales O Que Incidan En Los Factores De Riesgo

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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ARTICULO 55. La Subdirección de Control de Factores de Riesgo del Ambiente tiene las siguientes funciones

a)

Formular la elaboración de planes, programas y proyectos dirigidos a la prevención y control de factores de riesgo del ambiente en el contexto del Sistema de Salud, según las prioridades establecidas;

b)

Proponer las políticas nacionales en materia de prevención y control de factores de riesgo ambiental, en concordancia con el Plan Nacional de Salud y con los planes y programas de desarrollo económico y social del país;

c)

Orientar el diseño y velar por mantener actualizadas las normas sobre prevención y control de los factores de riesgo del ambiente;

d)

Coordinar la supervisión, control y evaluación de planes, programas y proyectos a que hace mención la letra a);

e)

Coordinar la vigilancia del cumplimiento de normas referidas en la letra c);

f)

Coordinar la asistencia técnica hacia los demás niveles del Sistema de Salud sobre prevención y control de factores de riesgo en el ambiente;

g)

Coordinar actividades con organismos del sector y de otros sectores que desarrollen programas ambientales o que incidan en los factores de riesgo. División de Agua, Aire y Suelo.

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Constitutional history

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