Presidencia : La Junta Directiva será presidida por el Ministro de Defensa Nacional o por su Delegado y le corresponderá, además convocaría y autorizar con su firma, las actas y documentos que de ella amanen.
En ausencia del Ministro de Defensa Nacional o su delegado, preside la Junta Directiva la persona que ella designa dentro de sus miembros.