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Article 8

º

Decreto 88 de 1995 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional, directas e indirectas y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Para el año de 1995, el sueldo básico mensual para los Presidentes de La Previsora S.A. Compañía de Seguros y de la Sociedad Fiduciaria La Previsora, y para el Gerente de la Corporación Nacional de Turismo, será de dos millones ochocientos treinta y dos mil pesos ($2.832.000) moneda corriente, para cada uno.

Parágrafo

Los Presidentes de La Previsora S.A. Compañía de Seguros y de la Sociedad Fiduciaria La Previsora, y el Gerente de la Corporación Nacional de Turismo, tendrán derecho a la Prima Técnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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