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Article 6

º Composición

Decreto 1738 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos y reglamento de funcionamiento de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico

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01

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º Composición. La Comisión estará integrada en la forma prevista en el artículo 71 de la Ley 142 de 1994, así

a)

EI Ministro de Desarrollo Económico, quién la presidirá;

b)

El Ministro de Salud;

c)

El Director del Departamento Nacional de Planeación;

d)

Tres expertos comisionados de dedicación exclusiva.

Parágrafo 1

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios o su delegado asistirá a las reuniones de la Comisión, con voz pero sin voto. El Viceministro de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable será invitado permanente a sus reuniones.

Parágrafo 2

Los Ministros y el Director del Departamento Nacional de Planeación únicamente podrán delegar su asistencia en los siguientes funcionarios: El Ministro de Desarrollo, en el Viceministro de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable. El Ministro de Salud, en el Viceministro de Salud. El Director del Departamento Nacional de Planeación, en el Subdirector del mismo Departamento.

02

Constitutional history

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