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Article 2

,334 Del Código Fiscal, Dése Cuenta Del Presente Decreto Á La Corte Suprema Federal, Para Lo De Su Cargo, Y Á Las Cámaras Legislativas, En Su Próxima Reunión, Para Los Fines Legales

Decreto 508 de 1885 · Por el cual se aprueba con algunas modificaciones, en la parte que corresponde a la Secretaría de Gobierno, el que tuvo a bien dictar el Jefe Superior del Estado soberano de Antioquia, como Secretario de Hacienda de la Unión y Delegado del Poder Ejecutivo federal, con fecha 28 de abril último, número 166

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Art. 2 ° Ábrense al Presupuesto de Gastos del presente año económico, los siguientes créditos extraordinarios: DEPARTAMENTO DE CORREOS. Cap. 23. (Administraciones principales y subalternas de Hacienda nacional (Personal). Art. 82. Estado de Antioquia (Medellín). $ 2.° Sobresueldo del Contador Tenedor de libros de la Administración principal de Hacienda nacional $ 260 $ 6.° Sueldo de un Oficial para la misma Administración 300 660 Cap. 26. (Administraciones principales y subalternas de Hacienda nacional (Material). Art. 107. $ 1º Para aumento de gastos de escritorio, alquiler de local, alumbrado y aseo de la Administración principal de Hacienda nacional en Medellín 300 Articulo nuevo. Para mobiliario de la misma Oficina (por una sola ves) 200 600 Total. $ 1,06 En cumplimiento de lo dispuesto por la ley 69 de 1884 y por el artículo 1,334 del Código Fiscal, dése cuenta del presente decreto á la Corte Suprema federal, para lo de su cargo, y á las Cámaras Legislativas, en su próxima reunión, para los fines legales.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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