° El producto de todas las letras que se hagan efectivas en adelante, debe ser consignado en el Banco de la República dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su recibo con especificación del hombre del cedente, del deudor, y el monto de pesetas que representa la consignación al tipo de cambio fijado.
Decreto 1303 de 1937 →In force
Article 4
El Producto De Todas Las Letras Que Se Hagan Efectivas En Adelante, Debe Ser Consignado En El Banco De La República Dentro De Las Cuarenta Y Ocho Horas Siguientes A Su Recibo Con Especificación Del Hombre Del Cedente, Del Deudor, Y El Monto De Pesetas Que Representa La Consignación Al Tipo De Cambio Fijado
Decreto 1303 de 1937 · Por el cual se dicta una disposición relativa al presupuesto privado del Ministerio de Guerra
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.