La Junta Directiva Es El Órgano Supremo Del Fondo Y Estará Integrada, Así: El Ministro De Agricultura O Su Delegado, Quien La Presidirá; El Ministro De Educación Nacional O Su Delegado; El Ministro De Salud Pública O Su Delegado; El Gerente Del Instituto Colombiano De La Reforma Agraria: El Director Del Instituto De Bienestar Familiar O Su Delegado; Un Miembro Que Escogerá El Gobierno De Las Listas Presentadas Por Las Organizaciones Campesinas; Un Miembro Que Escogerá El Gobierno De Las Listas Suministradas Por La Sociedad De Agricultores De Colombia Y La Federación Nacional De Ganaderos
Decreto 2237 de 1973 · Por el cual se reglamentan los nuevos artículos 127, 125 y 128 de la Ley 135 de 1961, introducidos a este estatuto por el artículo 38 de la Ley 4ª de 1973, y el Decreto extraordinario número 2236 de 1973, que contiene el Estatuto Orgánico del Fondo de Bienestar Veredal
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º. La Junta Directiva es el órgano supremo del Fondo y estará integrada, así: El Ministro de Agricultura o su Delegado, quien la presidirá; El Ministro de Educación Nacional o su Delegado; El Ministro de Salud Pública o su Delegado; El Gerente del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria: El Director del Instituto de Bienestar Familiar o su Delegado; Un miembro que escogerá el Gobierno de las listas presentadas por las organizaciones campesinas; Un miembro que escogerá el Gobierno de las listas suministradas por la Sociedad de Agricultores de Colombia y la Federación Nacional de Ganaderos.
Parágrafo
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su Delegado participará en las sesiones de la Junta Directiva del Fondo, con voz, pero sin voto.
02
Constitutional history
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