Desmaterialización de cupones a cargo de la Nación en bonos emitidos por emisores diferentes a la Nación. Las cuotas partes a cargo de la Nación contenidas en bonos pensionales emitidos por entidades diferentes a la Nación, deberán expedirse en forma desmaterializada. En estos casos, la Nación reconocerá la cuota parte a su cargo en el bono y expedirá el cupón correspondiente, de conformidad con las reglas del artículo 2.2.16.2.2.1 del presente decreto. En el caso que la Nación y el ISS, hoy Colpensiones, sean contribuyentes en un mismo bono pensional, la Nación podrá expedir el cupón del ISS, hoy Colpensiones, previo reconocimiento y autorización por parte del Instituto. El ISS, hoy Colpensiones, podrá realizar el pago de la cuota parte del bono pensional a su cargo a través del Depósito Centralizado de Valores, de acuerdo con el inciso 2° del artículo 2.2.16.2.1.3 del presente decreto. (Decreto número 3798 de 2003, artículo 11)
Decreto 1833 de 2016 →In force
Article 2.2.16.7.14
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
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01
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02
Constitutional history
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