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Article 38

Código Único Institucional (Cuin)

Resolucion 98 de 2020 · Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2021, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Todas las entidades públicas obligadas a reportar información de conformidad con el artículo 1o de la presente resolución, deberán informar el correspondiente Código Único Institucional (CUIN), asignado por la Contaduría General de la Nación, conforme con los parámetros establecidos en el Formato 2279 Versión 2.

La información a suministrar por parte de los obligados a que se refiere este artículo deberá indicar lo siguiente:

1.

Número de Identificación Tributaria de la Entidad Pública

2.

Razón Social de la Entidad Pública

3.

Ubicación de la Entidad Pública

4.

Correo Electrónico de la Entidad Pública

5.

Código Único Institucional (CUIN)

6.

Nombre de la entidad contable pública

CAPÍTULO 3.

INFORMACIÓN DE DONACIONES.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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