º. El Comisionado Nacional para la Policía, tendrá derecho a una asignación básica mensual de un millón novecientos diez mil setecientos ochenta pesos ($1.910.780) m/cte., gastos de representación mensual de dos millones ochocientos sesenta y seis mil ciento setenta y dos pesos ($2.866.172) m/cte. y una prima técnica en los mismos términos y condiciones señalados en el Decreto 1624 de 1991.
Article 9
º
Decreto 62 de 1999 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y agentes de la Policía Nacional, personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional y empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para alféreces, guardiamarinas, pilotines, grumetes y soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial
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Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.