º. Los funcionarios de carácter administrativo, no locales, debidamente acreditados por el respectivo Jefe de la Misión, que sean remunerados, de nacionalidad extranjera y que hayan venido al país a trabajar en una Misión Diplomática, podrán importar un vehículo para su uso particular, cuyo precio FOB no sea superior a USS 12.800.00 libre de derechos de aduana.
Article 4
Los Funcionarios De Carácter Administrativo, No Locales, Debidamente Acreditados Por El Respectivo Jefe De La Misión, Que Sean Remunerados, De Nacionalidad Extranjera Y Que Hayan Venido Al País A Trabajar En Una Misión Diplomática, Podrán Importar Un Vehículo Para Su Uso Particular, Cuyo Precio Fob No Sea Superior A Uss 12
Decreto 116 de 1982 · por el cual se reglamenta parcialmente el régimen de importación de automóviles de los miembros de las Misiones Diplomáticas y Consulares acreditadas en el país.
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