El costo o contraprestación económica por el mecanismo establecido en desarrollo de la presente ley, será causado y pagado en una única oportunidad al momento de la expedición, o renovación del Pasaporte, quedando el mecanismo ligado a la misma vigencia con que fuere expedido el Pasaporte. En todo caso, el costo del mecanismo deberá ser marginal, y se reglamentará por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, con apoyo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, obedeciendo a criterios objetivos que analicen las condiciones del mercado. El costo del pasaporte es independiente al del mecanismo de repatriación de cuerpos, si el connacional decide no adquirir el mecanismo, pagará exclusivamente la tarifa fijada como costo del documento personal a ser expedido; si adquiere el mecanismo, pagará adicionalmente la suma correspondiente a la contraprestación de este.
Ley 2171 de 2021 →In force
Article 4
Ley 2171 de 2021 · Por medio de la cual se crean mecanismos para la repatriación de cuerpos de connacionales que se encuentren en el exterior
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.