JurídicoESEN

Article 2.5.7.1.5.1

Presidente Del Comité Interinstitucional Del Viche/Biche

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Presidente del Comité Interinstitucional del Viche/Biche. El Comité Interinstitucional del Viche/Biche será presidido por el o la representante de una de las entidades del orden nacional señaladas en el artículo 6° de la Ley 2158 de 2021, que se designará en una sesión del Comité. La presidencia tendrá las siguientes funciones:

1.

Presidir las reuniones y coordinar las sesiones del Comité.

2.

Efectuar a través de la Secretaría Técnica del Comité Interinstitucional, el segui­miento a los compromisos derivados de las sesiones del Comité.

3.

Suscribir junto con la Secretaría Técnica del Comité Interinstitucional, las actas aprobadas por el Comité, así como los demás documentos pertinentes.

4.

Presentar ante el Comité Interinstitucional del Viche/Biche para su aprobación, el Plan de Trabajo en donde se establecerán las metas, cronogramas y actividades proyectadas en articulación con lo que establezca el Plan Especial de Salvaguar­dia del Paisaje Cultural Vichero/Bichero, previa coordinación con la Secretaría Técnica.

5.

Pronunciarse y relacionarse con otras entidades, particulares y medios de co­municación a nombre del Comité Interinstitucional del Viche/Biche dentro del marco de las decisiones que se hayan tomado en las sesiones.

6.

Las demás que le sean asignadas por el comité.

Parágrafo

La designación de la entidad y el período de ejercicio del cargo de que trata el presente artículo se hará mediante acta del Comité.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1080 de 2015