º El reajuste de la remuneración de los empleos a que se refieren los artículos 5º y 6º del Decreto-ley 8693 de 1981 y los Decretos-leyes 250 de 1982; 103, 292, 293 de 1983, se pagará con base en las nuevas escalas fijadas en el presente Decreto y en la proporción de asignación básica y gastos de representación, que dichos Decretos señalan.
Article 7
El Reajuste De La Remuneración De Los Empleos A Que Se Refieren Los Artículos 5º Y 6º Del Decreto-Ley 8693 De 1981 Y Los Decretos-Leyes 250 De 1982; 103, 292, 293 De 1983, Se Pagará Con Base En Las Nuevas Escalas Fijadas En El Presente Decreto Y En La Proporción De Asignación Básica Y Gastos De Representación, Que Dichos Decretos Señalan
Decreto 157 de 1984 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones
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