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Article 1

No Facturación Por Consumos Y Cargo Fijo Posteriores A La Declaración De La Emergencia

Decreto 242 de 2026 · por el cual se adoptan medidas para los servicios públicos domiciliarios esenciales de gas y energía eléctrica, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto número 0150 del 11 de febrero de 2026.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. No facturación por consumos y cargo fijo posteriores a la declaración de la emergencia . Los prestadores del servicio público domiciliario esencial de gas combustible por redes de tubería no podrán realizar cobro o facturación alguna a los usuarios cuyos inmuebles resultaron afectados por la Emergencia Económica, Social y Ecológica en los departamentos señalados en el artículo 1° del Decreto número 0150 de 2026, sino hasta tanto el respectivo inmueble recupere las condiciones necesarias para su funcionamiento, y el prestador garantice y restablezca la prestación del servicio en condiciones de seguridad.

Parágrafo

El Ministerio de Minas y Energía podrá reglamentar lo necesario para el cumplimiento del presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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