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Article 13

Ajustes Al Valor Normal

Decreto 1750 de 2015 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Ajustes al valor normal . La autoridad investigadora podrá efectuar entre otros ajustes, los relacionados con los siguientes factores

1.

El monto correspondiente a una estimación razonable del valor de la diferencia en las características del producto de que se trate.

2.

El monto correspondiente a los derechos aduaneros o a los impuestos indirectos que deba efectivamente pagar un producto similar y los materiales que se hayan incorporado a él físicamente, cuando se destina al consumo en el país de origen o de exportación. No serán objeto de ajuste si los mismos están exentos o se devuelven cuando el producto se exporta a Colombia.

3.

Los siguientes gastos de venta

a)

Gastos por concepto de transporte, seguros, mantenimiento, descarga y costos accesorios en que se haya incurrido al trasladar el producto de que se trate, desde las bodegas del exportador al primer comprador independiente;

b)

Gastos de embalaje y empaque del producto de que se trate;

c)

Gastos de los créditos otorgados para las ventas de que se trate. El volumen de la devolución se calculará en relación con la moneda que se exprese en la factura;

d)

Gastos correspondientes a las comisiones que se hayan pagado en relación con las ventas de que se trate;

e)

También se deducirán los salarios que se paguen al personal ocupado de tiempo completo en actividades directas de ventas;

f)

Gastos directos que se produzcan por proporcionar garantías, asistencia técnica y otros servicios de posventa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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