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Article 52

Para Efectos Del Cambio De Empresa, El Propietario O Tenedor Del Vehículo Debe Acreditar Ante El Ministerio De Transporte Los Siguientes Requisitos: 1

Decreto 1557 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera.

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01

Text of the article

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Para efectos del cambio de empresa, el propietario o tenedor del vehículo debe acreditar ante el Ministerio de Transporte los siguientes requisitos

1.

Solicitud en formato suministrado por el Ministerio de Transporte, suscrito por el representante legal de la empresa a la que se vinculará el vehículo.

2.

Copia del contrato de vinculación con la nueva empresa.

3.

Indicación del número de la tarjeta de operación.

4.

Fotocopia autenticada de la Licencia de Tránsito.

5.

Carta conjunta entre la empresa y el propietario o tenedor del vehículo, en la que conste el acuerdo sobre su desvinculación, o en su defecto, fotocopia autenticada de la decisión de autoridad competente sobre desvinculación.

6.

Copia al carbón de la consignación a favor del Ministerio de Transporte por pago de los derechos correspondientes al Ministerio de Transporte. En todo caso el Ministerio de Transporte verificará la existencia de disponibilidad de la capacidad transportadora de la empresa a la cual pretende vincularse. SECCION III Tarjetas de operación

02

Constitutional history

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