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Article 21

Los Cónsules Generales Informarán, Por Lo Menos Cada Seis Meses, Sobre La Manera Como Cumplan Con Sus Deberes Los Cónsules Y Vicecónsules De Su Dependencia Y Les Transmitirán Las Ordenes, Resoluciones Que Emanen Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Las Que Cumplirán Y Harán Cumplir Estrictamente

Decreto 1148 de 1923 · Por el cual se reglamentan las carreras diplomática y consular

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Los Cónsules Generales informarán, por lo menos cada seis meses, sobre la manera como cumplan con sus deberes los Cónsules y Vicecónsules de su dependencia y les transmitirán las ordenes, resoluciones que emanen del Ministerio de Relaciones Exteriores, las que cumplirán y harán cumplir estrictamente. Igualmente velarán por el cumplimiento de los tratados de comercio y navegación celebrados por Colombia con los países en que residan y cuidarán de que los funcionarios de su jurisdicción informen a este respecto para transmitir sus opiniones al Ministerio y a la respectiva Legación con el objeto de que se adelanten las gestiones a que haya lugar. Informarán, además, periódicamente al Ministerio del Tesoro, sobre las cotizaciones de los documentos de crédito colombianos en los mercados de los lugares en que estén acreditados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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