Ningún miembro de la Junta directiva ni funcionarios del Instituto podrá revelar los planes, programas, proyectos, y actos que se encuentren en estudio o en proceso de adopción, salvo que la Junta Directiva o el Director hayan autorizado la información, so pena de Incurrir en causal de mala conducta. Todo informe sobre asuntos, resultados o adoptados que deba darse al público en general o particulares interesados, así como la información que se suministre a estos últimos sobre el trámite de sus negocios, se dará de conformidad con las reglamentaciones que con carácter general se expidan o con la autorización, en cada caso concreto, del Secretario general o del Director de la unidad del servicio correspondiente.
Decreto 1171 de 1969 →In force
Article 46
Ningún Miembro De La Junta Directiva Ni Funcionarios Del Instituto Podrá Revelar Los Planes, Programas, Proyectos, Y Actos Que Se Encuentren En Estudio O En Proceso De Adopción, Salvo Que La Junta Directiva O El Director Hayan Autorizado La Información, So Pena De Incurrir En Causal De Mala Conducta
Decreto 1171 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.