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Article 29

Decreto 2300 de 1987 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Intendenciales y Comisariales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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DEBERES DEL SECRETARIO. Sin perjuicio de las funciones que el reglamento de cada Consejo asigne al Secretario, éste deberá

a)

Recibir los proyectos de acuerdo y preparar el orden del día;

b)

Llevar el libro de actas de las sesiones;

c)

Dar lectura a las proposiciones, proyectos y demás documentos;

d)

Servir de órgano de comunicación con otras corporaciones, con entidades y empleados públicos y con los particulares;

e)

Informar a la Corporación sobre el resultado de las votaciones;

f)

Registrar los proyectos de acuerdo para los correspondientes debates y repartirlos a la comisión respectiva;

g)

Cumplir las órdenes del presidente y refrendar sus actos y los de la Corporación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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