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Article 1

Ley 78 de 1968 · por la cual se provee a dotar de facilidades de recreación y bienestar a los funcionarios de la Administración Pública y se da una autorización al Gobierno.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De conformidad con el ordinal 11 del artículo 76 de la Constitución, se autoriza al Gobierno para que adquiera de la Beneficencia de Cundinamarca una extensión aproximada de ochenta (80) a noventa (90) hectáreas, en la zona denominada de El Salitre, que se destinará, en parte, a completar la superficie del parque que el Distrito Especial de Bogotá va a iniciar en dicha zona y en parte a establecer un Club Deportivo para los empleados de la Administración Pública según los programas de bienestar que promulgue el Gobierno en ejercicio de las facultades de que está investido.

En desarrollo de esta autorización, el Gobierno podrá emitir pagarés o bonos para cubrir el valor de los terrenos a la Beneficencia de Cundinamarca.

Los contratos que se celebren de conformidad con el presente artículo solo requieren para su validez, la aprobación del Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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