°. La Junta Directiva de la Imprenta Nacional estará integrada por los Ministros de Gobierno, Guerra y Educación; por el Contralor General de la República, por el Rector de la Universidad Nacional y el Administrador General de los Ferrocarriles Nacionales, quienes podrán hacerse representar en ella por sus respectivos delegados. La Junta Directiva será presidida por uno de los Ministros mencionados, en orden de prelación, y, en caso de ausencia de los mismos, respectivamente por el Contralor General de la República, el Rector de la Universidad Nacional y el Administrador General de los Ferrocarriles Nacionales. Cuando no asista ninguno de los miembros principales, será presidida por los respectivos suplentes, en el orden mencionado en la primera parte del presente artículo. Como Secretario de la Junta Directiva actuará el Secretario de la Gerencia de la Imprenta.
Article 1
La Junta Directiva De La Imprenta Nacional Estará Integrada Por Los Ministros De Gobierno, Guerra Y Educación; Por El Contralor General De La República, Por El Rector De La Universidad Nacional Y El Administrador General De Los Ferrocarriles Nacionales, Quienes Podrán Hacerse Representar En Ella Por Sus Respectivos Delegados
Decreto 1492 de 1952 · Por el cual se reglamentan las funciones de la junta Directiva y del Gerente de la Imprenta Nacional
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