JurídicoESEN

Article 3

Ley 114 de 1922 · Sobre inmigración y colonias agrícolas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Cónsules, Vicecónsules, Agentes Consulares, Jefes y Subjefes de las Oficinas de Información de Colombia en el Exterior, son agentes de inmigración, y les corresponderá por consiguiente hacer propaganda continua a favor de ella, dando a conocer las peculiaridades, comercio e industria de la República, capitales, personalidades, como también las condiciones o garantías constitucionales, estado de adelanto del país, medios de comunicación y demás datos que capaciten a los inmigrantes para saber sus condiciones de establecimiento en Colombia.

Parágrafo

Los agentes de inmigración de Colombia en el Exterior o en el interior no cobrarán emolumento alguno a los inmigrantes por los oficios que les presten y los datos que les dan, pues esta información es un servicio de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 114 de 1922