Comisión Mixta de Comercio Exterior. La Comisión Mixta de Comercio Exterior es el foro de coordinación y enlace entre el sector privado y el Gobierno, para el intercambio de ideas, información y elaboración de propuestas sobre programas globales y estrategias de comercio exterior, así como para hacer el debido seguimiento de los mismos y de la ejecución de la política comercial del país. Para determinar los integrantes de la Comisión Mixta, el Consejo Superior de Comercio Exterior definirá los sectores económicos que deben tener representación en este organismo. De ellos las industrias del sector presentarán ternas al Consejo Superior de Comercio Exterior, quien designará los representantes del sector privado en la Comisión, en número no inferior a cinco (5). Dicha Comisión, deberá reunirse por lo menos cuatro (4) veces al año.
Decreto 2350 de 1991 →In force
Article 25
Decreto 2350 de 1991 · por el cual se define la estructura orgánica del Ministerio de Comercio Exterior, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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