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Article 3

º La Solicitud De Autorización De Rutas Y Horarios Que Presenten Las Empresas Ante El Instituto Nacional Del Transporte Deberá Contener: 1

Decreto 1183 de 1986 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento de rutas y horarios por carreteras de uso público del país, mediante permiso.

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01

Text of the article

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º La solicitud de autorización de rutas y horarios que presenten las empresas ante el Instituto Nacional del Transporte deberá contener

1.

Indicación de que la empresa tiene el tipo de vehículo y el radio de acción para la ruta solicitada.

2.

Croquis de las rutas con indicación de las distancias, tiempo de viaje, calidad y características de las vías, poblaciones intermedias importantes y tiempo de permanencia en las mismas.

3.

Cantidad de horarios solicitados.

4.

Nivel de servicio, forma de despacho, frecuencia y tipo de vehículo.

5.

Garantía de seriedad de la solicitud, con vigencia de un (1) año contado a partir de la fecha de la solicitud expedida por una compañía de seguros legalmente constituida, por un valor equivalente al producto de la tarifa correspondiente en el trayecto solicitado, multiplicado por el setenta por ciento (70%) de la capacidad ofrecida del vehículo, multiplicados por quince (15) días, así: G= T X C X 70 X Nh X 15 -------------------- 100 G = Valor de la garantía. T = Valor de la tarifa. C = Capacidad del vehículo. Nh = Número de horarios solicitados.

6.

Manifestación de estar a paz y salvo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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