Apreciación de la prueba documental . El juez apreciará el documento teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Que no haya sido alterado en su forma ni en su contenido.
Que permita obtener un conocimiento claro y preciso del hecho, declaración o atestación de verdad, que constituye su contenido.
Que dicho contenido sea conforme con lo que ordinariamente ocurre.