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Article 2

Decreto 2099 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2331 de 2001.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º . Modifícase el artículo 4º del Decreto 2331 de 2001, el cual quedará así: " Artículo 4º . Categorías de Servicios. Solamente se podrá aprobar un programa bajo el Sistema Especial de Importación-Exportación de que trata el presente decreto en el evento en que el compromiso del programa conlleve exportación de los servicios que a continuación se señalan: servicios de diseño y exportación de software; servicios de investigación y desarrollo; servicios de transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica; servicios de empaque; servicios de telecomunicaciones; servicios audiovisuales; servicios de distribución; servicios de enseñanza; servicios de turismo y relacionados con los viajes; servicios sociales y de salud, cuyas especificidades y alcance se relacionan en el artículo 5º del presente decreto.

Parágrafo

Para ser usuario del Sistema Especial de Importación-Exportación, los presta-dores de servicios de salud deberán estar acreditados por el Sistema Unico de Acreditación en Salud Colombiano o comprometerse a obtener la acreditación dentro de los dos años siguientes a ser usuario del sistema".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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