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Article 19

Cuando Un Oficial Fuere Trasladado, El Comandante De La Unidad O Dependencia Donde, Pertenecía Enviará, En Los Primeros Ocho Días Siguientes, Al Comando De La Unidad A Donde Ha Sido Trasladado, La Copia Que Se Encuentra En Su Poder De La Última Calificación O Informe De Calificación Del Oficial

Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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Text of the article

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Cuando un Oficial fuere trasladado, el Comandante de la Unidad o dependencia donde, pertenecía enviará, en los primeros ocho días siguientes, al Comando de la Unidad a donde ha sido trasladado, la copia que se encuentra en su poder de la última calificación o informe de calificación del Oficial. Cuando no hubiere sido calificado, además del informe de calificación se acompañará la calificación del semestre anterior. Estos informes o calificaciones servirán al Jefe para formarse juicio sobre el nuevo subalterno y también de base para las nuevas que debe hacer. CAPITULO IV Ascensos y retiros de Oficiales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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