El Director de la Escuela podrá recibir directamente del Ministerio de Educación, los informes que rindan los Inspectores de Educación Nacional sobre el resultado de las visitas practicadas, a fin de que proceda en cada caso a subsanar las deficiencias e irregularidades anotadas en el desarrollo de los programas y planes de estudio. El Director informará a su vez a la Superioridad respectiva, sobre las observaciones hechas y las reformas propuestas, con el objeto de obtener la aprobación del Ministerio de Guerra. B. Curso Militar.
Article 10
El Director De La Escuela Podrá Recibir Directamente Del Ministerio De Educación, Los Informes Que Rindan Los Inspectores De Educación Nacional Sobre El Resultado De Las Visitas Practicadas, A Fin De Que Proceda En Cada Caso A Subsanar Las Deficiencias E Irregularidades Anotadas En El Desarrollo De Los Programas Y Planes De Estudio
Decreto 1886 de 1941 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar de Cadetes
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