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Article 75

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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ARTICULO 75 . Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera . La Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera será un órgano asesor para el desarrollo de los objetivos y funciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cuanto a la facilitación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las operaciones aduaneras y cambiarias, y la prevención y represión de las infracciones a los regímenes tributario, de aduanas y cambiario. Estará integrada por: el Director quien la presidirá, el Subdirector General, el Secretario Técnico y el Subdirector de Fiscalización, quien ejercerá la secretaría, delegados y representantes de los gremios y entidades interesados en los objetivos señalados. Los Subdirectores de área asistirán según convocatoria que efectúe el Director o el Secretario de la Comisión.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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