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Article 88

La Escuela De Graduados Podrá Asociarse Con La Universidad Nacional De Colombia O En Su Defecto Co Notra Universidad Que Determine La Junta Directiva Del Hospital

Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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La Escuela de Graduados podrá asociarse con la Universidad Nacional de Colombia o en su defecto co notra Universidad que determine la Junta Directiva del Hospital. Esta asociación se orientará en tal forma que asegure su reconocimiento académico, así como el del personal científico y docente, por parte de la Universidad asociada. Igualmente obtendrá de la Universidad asociada el reconocimiento de los títulos profesionales correspondientes.

Parágrafo

Esta asociación se efectuará a través de un contrato que respetará todo lo establecido en los presentes estatutos y que se orientará en los fines generales de la institución. TITULO VI Disposiciones Generales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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