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Article 10

Para Ingresar Al Servicio Consular De La República Como Empleado Remunerado, Se Requieren Las Condiciones Siguientes: A) Ser Colombiano Por Nacimiento O Por Origen

Decreto 453 de 1930 · Por el cual se organiza el cuerpo consular colombiano

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Para ingresar al servicio consular de la República como empleado remunerado, se requieren las condiciones siguientes

a)

Ser colombiano por nacimiento o por origen. Los que lo fueren por vecindad o naturalización deberán haber alcanzado esa condición quince años antes por lo menos.

b)

Ser mayor de veintiún años.

c)

No haber sido enjuiciado por delitos contra la propiedad privada o contra el fisco.

d)

Tener buena reputación.

e)

No tener vinculación alguna con, establecimientos comerciales o de comisiones en la República o en el Exterior, al tiempo de aceptar el nombramiento y por todo el tiempo que ejerza el cargo.

f)

No tener conexión alguna en el negocio de fletamento de barcos mercantes.

g)

Poseer, además del idioma español, el inglés o el francés.

h)

Tener nociones generales de Legislación civil, comercial o marítima, Historia y Geografía; conocimientos amplios del sistema notarial y de registro, conocimientos especiales de la Constitución e historia de la República, así como de su Geografía física y política, de las leyes fiscales, de producciones naturales del país y del estado en sus industrias; nociones de Derecho Internacional Público y Privado, de los tratados existentes entre Colombia y los demás países, y de las leyes sobre servicio consular.

02

Constitutional history

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