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Article 18

División Administrativa

Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria

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01

Text of the article

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División Administrativa. Son funciones de la División Administrativa

1.

Coordinar, dirigir y controlar la ejecución de los planes administrativos, adoptados por la Dirección.

2.

Organizar y prestar los servicios administrativos que requiera la Dirección. 3: Dirigir las labores presupuestales y contables. 4. Atender los proyectos relacionados con el manejo de los bienes o ingresos de la Dirección 5. Preparar en coordinación con la Oficina de Planeación, el proyecto de presupuesto anual. 6. Ejercer la coordinación y el control del personal al servicio de la Dirección. 7. Atender lo relacionado con la programación, adquisición, y manejo de bienes y servicios y con el manejo de los ingresos de la Dirección. 8. Coordinar con las entidades oficiales correspondiente a lo relacionado con el cumplimiento de las normas fiscales, presupuestales y contables en los procesos de la Dirección. 9. Efectuar el análisis de los Estados Financieros de la Dirección y presentar el informe correspondiente. 10. Elaborar los proyectos de inversión que deba aprobar la Dirección. 11. Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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