JurídicoESEN

Article 24

Subgerencia De Pesca Y Acuicultura

Decreto 3759 de 2009 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural – Incoder, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Subgerencia de Pesca y Acuicultura. Son funciones de la Subgerencia de Pesca y Acuicultura, las siguientes

1.

Adelantar a nombre del Gerente General los procesos de coordinación ínter e intrasectoriales que posibiliten la integración de las acciones institucionales en el medio rural, y en la suscripción de convenios interinstitucionales que articulen las intervenciones de las instituciones públicas, comunitarias o privadas de acuerdo con las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

2.

Participar en la definición de estrategias y procedimientos para fortalecer espacios y mecanismos de participación ciudadana, del sector público y privado, que posibiliten concretar acuerdos estratégicos.

3.

Ejecutar y coordinar acciones con las demás subgerencias, para asegurar la interlocución con los demás actores medio rural, operadores y aliados que intervienen en la implementación de las actividades tendientes a cumplir con la misión del Incoder.

4.

Dirigir y coordinar la ejecución de programas y proyectos de investigación con fines de ordenamiento y desarrollo pesquero y acuícola.

5.

Identificar y evaluar los recursos pesqueros susceptibles de aprovechamiento; determinar su volumen de captura y tallas mínimas; identificar las épocas y áreas geográficas y preparar las respectivas propuestas de ordenación y regulación.

6.

Articular la gestión institucional con los sistemas y programas de investigación relacionados con el subsector pesquero y acuícola, a escala nacional e internacional.

7.

Proponer a la Gerencia General la formulación, implantación, seguimiento, evaluación y ajuste de normas, medidas y acciones regulatorias y no regulatorias aplicables al ejercicio de la actividad pesquera y acuícola y preparar los actos administrativos correspondientes.

8.

Estudiar y conceptuar sobre las solicitudes para otorgar licencias, permisos, patentes, autorizaciones, concesiones y salvoconductos para el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola en el ámbito nacional y preparar los actos administrativos requeridos.

9.

Coordinar las estrategias de desarrollo pesquero y trasferencia de tecnología en pesca artesanal y acuicultura rural asesorar a las Direcciones Territoriales en su aplicación, con atención diferenciada a las comunidades étnicas.

10.

Diseñar, adoptar, evaluar y ajustar los sistemas de registro, control y vigilancia, en conjunto con las instituciones y organizaciones públicas y privadas involucradas con el subsector pesquero y acuícola, para asegurar el cumplimiento de las normas que lo regulan y tomar las medidas que sean de su competencia.

11.

Conformar y actualizar el Registro General de Pesca y Acuicultura.

12.

Proponer a la Gerencia General para aprobación del Consejo Directivo, el monto de las tasas y derechos que deben cobrarse por el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola y adoptar los mecanismos e instrumentos para su efectivo recaudo.

13.

Informar a las autoridades ambientales sobre las anomalías encontradas en el medio acuático donde se desenvuelve la actividad pesquera y acuícola, para su oportuna recuperación y demás aspectos de su competencia.

14.

Coordinar con la Secretaría General y las demás dependencias la elaboración de los pliegos de condiciones, las minutas de contratos, convenios y demás actos contractuales que sean requeridos para el cumplimiento de sus funciones.

15.

Realizar seguimiento y evaluación a las Direcciones Territoriales en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos de su competencia.

16.

Participar en la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos en el área de su competencia y asesorar a las Direcciones Territoriales en el tema.

17.

Participar en la implementación del modelo de gestión de información en la entidad y desarrollar las competencias necesarias para implementar el plan estratégico de información y tecnología.

18.

Gestionar y celebrar convenios de cooperación científica, técnica y financiera que contribuyan al cumplimiento de la misión institucional, de conformidad con la delegación que establezca la Gerencia General.

19.

Las demás funciones que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3759 de 2009