°. Disposición transitoria . Las inversiones obligatorias en el marco de los contratos de concesión, o Asociación Público Privada (APP), o contratos de obra, o de administración u otros contratos administrativos suscritos a la entrada en vigencia del presente decreto no serán tenidas en cuenta para efectos del cumplimiento del requisito de nueva inversión establecido en el artículo 38-1 del Decreto número 2147 de 2016. Para acreditar el requisito de nueva inversión de que trata el artículo 38-1 del Decreto número 2147 de 2016 se tendrá en cuenta la definición prevista en el artículo 1° del mencionado decreto, así como las obras adicionales, obras voluntarias, o cualesquiera otras vinculadas a los mencionados contratos de concesión, o Asociación Público Privada (APP), o contratos de obra, o de administración u otros contratos administrativos que se ejecuten por cuenta y riesgo del contratista de conformidad con las norma vigente sobre la materia.
Decreto 216 de 2026 →In force
Article 5
Disposición Transitoria
Decreto 216 de 2026 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 2147 de 2016, en lo relacionado con la reglamentación de las condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de zonas francas permanentes especiales para el desarrollo de infraestructura y actividades ferroviarias y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.