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Article 50

La Inspección De Farmacias En La Capital De La República Se Verificará Anualmente Por Medio De Una Comisión Compuesta De Un Facultativo Nombrado Por La Dirección Nacional De Higiene, De Un Profesor De La Escuela De Farmacia Y De Un Farmacéutico Nombrado De Común Acuerdo Entre Esas Dos Entidades Y Teniendo En Cuenta El Dictamen De Personas Autorizadas Entre El Personal Autoriza Das Entre El Personal De Los Farmacéuticos

Decreto 1099 de 1930 · Por el cual se reglamenta la Ley 35 de 1929, sobre ejercicio de las profesiones médicas y algunas otras

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01

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La inspección de farmacias en la capital de la República se verificará anualmente por medio de una comisión compuesta de un facultativo nombrado por la Dirección Nacional de Higiene, de un profesor de la Escuela de Farmacia y de un farmacéutico nombrado de común acuerdo entre esas dos entidades y teniendo en cuenta el dictamen de personas autorizadas entre el personal autoriza das entre el personal de los farmacéuticos.

02

Constitutional history

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