JurídicoESEN

Article 37

: Los Sistemas De Suministro De Agua Correspondientes Al Grupo 3 Cumplirán Los Siguientes Requisitos: 1

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

: Los sistemas de suministro de agua correspondientes al grupo 3 cumplirán los siguientes requisitos

1.

Tener planta de tratamiento adecuada, cuando la calidad del agua cruda lo requiera.

2.

Poseer equipo de laboratorio para realizar, como mínimo, los análisis descritos en los artículos 19 y 23 del presente decreto.

3.

Incluir dentro de la planta de tratamiento el siguiente personal: a) Un operador técnico de plantas con certificación del ministerio de salud y capacitación para ejercer labores de control de la calidad del agua; b) un técnico de mantenimiento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2105 de 1983