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Article 294

Ley 94 de 1938 · Código de Procedimiento Penal

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01

Text of the article

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El funcionario de instrucción deberá practicar todas las investigaciones conducentes al esclarecimiento de la verdad sobre los hechos materia del proceso, especialmente respecto de las siguientes cuestiones:

1.

Si realmente se ha infringido la ley penal;

2.

Quién o quiénes son autores o participes de la infracción;

3.

Los motivos determinantes y los demás factores que influyeron en la violación de la ley penal.

4.

En qué circunstancias de lugar, tiempo y modo se realiza la infracción;

5.

Las condiciones que caracterizan la personalidad del procesado al tiempo del sumario;

6.

La conducta anterior del procesado;

7.

Sus condiciones 'de vida individuad, familiar y social, y

8.

Qué daños y perjuicios de orden moral y material causó la infracción.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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