º El Tribunal Especial de Instrucción tendrá todas las atribuciones que las normas vigentes contemplan en materia de instrucción criminal. La Dirección Nacional de Instrucción Criminal y sus Direcciones Seccionales, pondrán a disposición del Tribunal que se crea los Jueces de Instrucción necesarios para atender las comisiones que sus Magistrados les confieran. Las diligencias instructivas serán ordenadas por el Magistrado a quien por reparto le haya correspondido el asunto y podrán ser practicadas directamente por él o por el Juez o Jueces de Instrucción Criminal que comisione para el efecto. La Policía Judicial despachará, con prioridad sobre cualquier otro asunto, las solicitudes que formulen el Tribunal Especial o los jueces de instrucción por él comisionados.
Decreto 750 de 1987 →In force
Article 5
El Tribunal Especial De Instrucción Tendrá Todas Las Atribuciones Que Las Normas Vigentes Contemplan En Materia De Instrucción Criminal
Decreto 750 de 1987 · por el cual se dictan medidas para combatir graves delitos contra la vida y la integridad personal.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.