º Enmiéndese por mínimos de productividad el rendimiento físico anual por hectáreas, que de u determinado cultivo, actividad ganadera o forestal, debe obtener un propietario o poseedor en la explotación de su pedio, de acuerdo con las características de sus suelos, el clima los ciclos de producción y las condiciones socio-económicas que le influyen en el desarrollo de la región o subregión donde se encuentre ubicado el inmueble.
Article 1
Enmiéndese Por Mínimos De Productividad El Rendimiento Físico Anual Por Hectáreas, Que De U Determinado Cultivo, Actividad Ganadera O Forestal, Debe Obtener Un Propietario O Poseedor En La Explotación De Su Pedio, De Acuerdo Con Las Características De Sus Suelos, El Clima Los Ciclos De Producción Y Las Condiciones Socio-Económicas Que Le Influyen En El Desarrollo De La Región O Subregión Donde Se Encuentre Ubicado El Inmueble
Decreto 2882 de 1977 · Por el cual se reglamenta el numeral 3) del artículo 56 de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por el artículo 21 de la Ley 4 de 1973
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