JurídicoESEN

Article 2.4.13

Utilización De Saldos De Liquidación De Los Contratos Para El Aseguramiento En El Régimen Subsidiado

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Utilización de saldos de liquidación de los contratos para el aseguramiento en el Régimen Subsidiado. Los saldos a favor de las entidades territoriales, resultantes de la liquidación de los contratos suscritos para garantizar el aseguramiento de la población durante el período comprendido entre el 1° de octubre de 2009 y el 31 de marzo de 2011, serán girados por los municipios al departamento al que pertenece. Estos recursos serán utilizados por los departamentos y distritos, de acuerdo con su competencia, para la financiación de servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto por subsidios a la demanda.

(Artículo 3° del Decreto 1124 de 2011)

NOTA: Artículo reenumerado por el artículo 3 del Decreto 268 de 2020, antes era artículo 2.4.19, nueva numeración corresponde a 2.4.13

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 780 de 2016